Modelo 720 sin perderte entre cuentas y bloques
Carga el modelo, recupera los bienes del año anterior y declara solo lo que cambió. FillWizard agrupa por los tres bloques y exporta el PDF para la sede electrónica.
El Modelo 720 es la declaración informativa anual de los bienes y derechos que los residentes fiscales en España tienen en el extranjero: cuentas bancarias, valores y seguros, e inmuebles. Solo es obligatorio cuando cada bloque supera los 50.000 euros. FillWizard guarda el detalle de cada bien y recupera los datos del año anterior, de modo que solo declares las variaciones — que es justo cuando la mayoría comete errores.

Modelo 720 — Declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero
El Modelo 720 informa a Hacienda de los bienes situados en el extranjero. No es un impuesto: es una declaración informativa. Pero su omisión, cuando se supera el umbral, ha generado históricamente sanciones — que el Tribunal de Justicia de la UE declaró desproporcionadas en 2022, obligando a España a rebajarlas.
El residente fiscal en España (persona física o jurídica) titular, representante, autorizado o beneficiario de los bienes en el extranjero. No lo presentan los no residentes ni quienes no superan el umbral de 50.000 euros en ninguno de los tres bloques.
Where teams lose time
- Reconstruir el saldo a 31 de diciembre y el saldo medio del último trimestre de cada cuenta
- Decidir si hay que volver a declarar cuando un bloque sube o baja más de 20.000 euros
- Agrupar correctamente cuentas, valores e inmuebles en los tres bloques del modelo
What you get from a saved profile
Comparación automática con el año anterior para saber si hay obligación de volver a declarar
Verificación de coherencia antes de exportar: códigos de país, divisa, valores en euros
How to fill Modelo 720
01
Registra cada bien una vez: cuenta, valor o inmueble, con país, entidad y valoración
02
Carga el Modelo 720 del ejercicio (PDF de la AEAT o exportación de tu gestor)
03
Revisa los tres bloques y las variaciones respecto al año anterior, exporta el PDF y preséntalo en la sede
Inside Modelo 720
Los tres bloques del Modelo 720
Bloque 1 — cuentas en entidades financieras (saldo a 31 de diciembre y saldo medio del cuarto trimestre). Bloque 2 — valores, derechos, seguros y rentas depositados o gestionados en el extranjero. Bloque 3 — bienes inmuebles y derechos sobre inmuebles. Cada bloque tiene su propio umbral de 50.000 euros.
Cuándo hay que volver a presentarlo
Tras la primera declaración, solo se vuelve a presentar un bloque cuando su valor conjunto aumenta más de 20.000 euros respecto a la última declaración, cuando se cancela o transmite un bien antes declarado, o cuando se supera por primera vez el umbral de 50.000 euros en un bloque que antes estaba por debajo.
Plazo de presentación
Del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información. Es decir, los bienes a 31 de diciembre se declaran en el primer trimestre del año siguiente. La presentación es exclusivamente telemática por la sede electrónica.
Common mistakes on Modelo 720
- Declarar un bloque que no supera los 50.000 euros — solo es obligatorio el bloque que pasa el umbral
- Olvidar el saldo medio del cuarto trimestre en las cuentas: Hacienda pide los dos valores
- Volver a declarar sin que ningún bloque haya subido más de 20.000 euros — no es necesario
- Convertir mal a euros: usa el tipo de cambio oficial del BCE a 31 de diciembre
- No declarar un inmueble heredado en el extranjero por desconocimiento — entra en el bloque 3